Automatización

Facturación electrónica en RD: Ley 32-23, e-CF y cómo automatizarla

Plazos de la Ley 32-23 en noviembre de 2026, los diez tipos de e-CF, las tres formas de cumplir con la DGII y cómo ir más allá automatizando la facturación.

Por Equipo AppketingSanto DomingoActualizado el 8 min de lectura

Portada: facturación electrónica en RD, Ley 32-23, e-CF y cómo automatizarla

En resumen

La Ley 32-23 obliga a todos los contribuyentes de República Dominicana a sustituir los comprobantes fiscales en papel por comprobantes fiscales electrónicos (e-CF), que se firman digitalmente y se envían a la DGII. Desde el 1 de noviembre de 2026, los grandes contribuyentes locales y los medianos solo pueden emitir e-CF, y los pequeños, micro y no clasificados tienen de plazo hasta el 15 de noviembre de 2026. Para cumplir hay tres caminos: el facturador gratuito de la DGII, un proveedor autorizado o un sistema propio certificado. Cumplir es lo mínimo. Lo que de verdad ahorra tiempo es conectar la facturación con las ventas, los cobros y el envío al cliente.

Puntos clave

  • Las secuencias tipo B de los grandes locales y medianos solo valen hasta el 31 de octubre de 2026, y después únicamente en contingencia.
  • Hay diez tipos de e-CF, del 31 (crédito fiscal) al 47 (pagos al exterior).
  • El facturador gratuito de la DGII está pensado para negocios de hasta unas 150 facturas al mes.
  • Todo emisor electrónico necesita un certificado digital para procedimientos tributarios.

Durante años, facturar en República Dominicana consistió en pedir secuencias de comprobantes a la DGII, imprimirlas o generarlas en el sistema y reportarlas después. La Ley 32-23 de Facturación Electrónica cambia esa lógica. Cada factura pasa a ser un documento digital, firmado y enviado a Impuestos Internos en el momento de emitirlo. Para muchas empresas el cambio ya llegó, y para el resto el plazo vence en noviembre de 2026.

Este artículo es una guía práctica, no asesoría fiscal. Antes de tomar decisiones, confirma tu clasificación y tus plazos en la Oficina Virtual de la DGII o con tu contador.

Qué cambia con la Ley 32-23

La ley se promulgó el 16 de mayo de 2023 y estableció un calendario escalonado para que todos los contribuyentes pasen a emitir comprobantes fiscales electrónicos, conocidos como e-CF. Su número de secuencia, el e-NCF, empieza por la letra E, mientras que los comprobantes no electrónicos que se usaban hasta ahora llevan la serie B.

La diferencia no está solo en el formato. Un e-CF es un archivo XML firmado con un certificado digital que se envía a la DGII, que lo recibe y lo valida. Eso significa que Impuestos Internos conoce cada venta casi al momento, y que tu sistema de facturación tiene que hablar con el de la DGII sin errores.

Las fechas que importan

La ley fijó plazos según la clasificación de cada contribuyente, y la DGII los ha ido concretando con avisos posteriores:

Clasificación DGII Plazo original Situación a octubre de 2026
Grandes contribuyentes nacionales 15 de mayo de 2024 Ya deberían emitir e-CF
Grandes locales y medianos 15 de mayo de 2025 Desde el 1 de noviembre de 2026, solo e-CF. Las secuencias tipo B valen hasta el 31 de octubre y después solo en contingencia declarada
Pequeños, micro y no clasificados 15 de mayo de 2026 Prórroga automática de seis meses, hasta el 15 de noviembre de 2026

La prórroga de los pequeños, micro y no clasificados se aplicó sin necesidad de solicitarla. La DGII advirtió que, cuando venza, quienes no hayan implementado la facturación electrónica incurrirán en infracciones tributarias sujetas a las sanciones de la Ley 32-23.

Los tipos de e-CF

El informe técnico de la DGII define diez tipos de comprobante electrónico. Los que más usa una pyme son el 31, el 32 y las notas de crédito:

Código Tipo Para qué se usa
31 Factura de Crédito Fiscal Electrónica Ventas a empresas que necesitan sustentar gastos o crédito fiscal
32 Factura de Consumo Electrónica Ventas al consumidor final
33 Nota de Débito Electrónica Aumentar el importe de una factura ya emitida
34 Nota de Crédito Electrónica Descuentos, devoluciones o anulaciones
41 Comprobante Electrónico de Compras Compras a personas no registradas como contribuyentes
43 Comprobante Electrónico para Gastos Menores Pagos que hace el personal en el trabajo, como transporte o consumibles
44 Comprobante Electrónico para Regímenes Especiales Ventas exentas de ITBIS o ISC a quienes están acogidos a regímenes especiales
45 Comprobante Electrónico Gubernamental Ventas al Estado
46 Comprobante Electrónico para Exportaciones Ventas de bienes fuera del país
47 Comprobante Electrónico para Pagos al Exterior Pagos a personas o empresas no residentes, con retención del ISR

Cómo funciona una factura electrónica

  1. Se genera el e-CF en formato XML con los datos de la venta.
  2. Se firma con el certificado digital para procedimientos tributarios del emisor.
  3. Se envía a la DGII, que lo recibe y devuelve su estado.
  4. Se entrega al cliente. Si el cliente también es emisor electrónico, recibe el XML y puede aceptarlo o rechazarlo con la llamada aprobación comercial. Si lo rechaza, el emisor anula la factura con una nota de crédito.
  5. Se imprime si hace falta. La representación impresa incluye un código QR y un código de seguridad, formado por los seis primeros dígitos del hash de la firma, que permiten consultar la factura.

Hay una excepción pensada para el comercio minorista. Las facturas de consumo de menos de RD$250,000 no se envían completas a la DGII. Se envía un resumen con sus datos principales, y el emisor debe conservar la factura completa por si se la piden.

Tres formas de cumplir

Opción Para quién A tener en cuenta
Facturador gratuito de la DGII Pequeños contribuyentes, profesionales y negocios con poco volumen Pensado para hasta unas 150 facturas al mes. Solo factura en pesos y no se conecta con tu sistema de ventas
Proveedor autorizado La mayoría de pymes La DGII reporta 190 proveedores autorizados. Compara precio, conexión con tu sistema y soporte
Sistema propio certificado Empresas con software a medida o mucho volumen Tu sistema tiene que superar las pruebas de certificación de la DGII

En cualquiera de los tres casos, el recorrido para habilitarte es parecido. Necesitas un certificado digital emitido por una entidad autorizada por el INDOTEL, la solicitud como emisor electrónico en la Oficina Virtual de la DGII, superar las pruebas técnicas en el ambiente de la DGII y, al final, una declaración jurada. Conviene empezar con margen, porque hay que superar varias pruebas antes de quedar habilitado.

De cumplir a automatizar

Muchos negocios cumplirán con la ley y seguirán facturando como antes. Alguien copia los datos de la venta en el facturador, descarga el PDF y lo envía a mano. Ya que la factura es ahora un dato digital, tiene sentido aprovecharlo:

  • Emisión automática. Que la factura salga sola cuando se confirma un pago o se cierra una venta, sin teclear los datos dos veces.
  • Envío al cliente. Que llegue al momento por correo o por WhatsApp, con el enlace para consultarla.
  • Cobro y recordatorios. Avisos automáticos antes y después del vencimiento, y conciliación con los movimientos del banco.
  • Compras recibidas. Los e-CF de tus proveedores llegan en XML, así que pueden registrarse en tu contabilidad sin transcribirlos.
  • Consultas en lenguaje natural. Preguntar «¿quién me debe más de 30 días?» y obtener la respuesta desde tus propios datos, algo que explicamos en qué es MCP.

Eso es lo que hace Smart Billing AI: emitir, enviar y conciliar facturas de forma automática sobre la facturación electrónica. Si además quieres conectar la facturación con tu CRM, tu tienda o tus formularios, lo hacemos con automatización de procesos. Y si te interesa cómo está adoptando la IA el tejido empresarial dominicano, lo repasamos en inteligencia artificial en República Dominicana.

Preguntas frecuentes

¿Qué pasa si no implemento la facturación electrónica a tiempo?

Según la DGII, al vencer el plazo, quien no la haya implementado incurre en infracciones tributarias sujetas a las sanciones de la Ley 32-23. Además, tus clientes empresas pueden tener problemas para sustentar sus gastos con comprobantes no válidos.

¿Puedo seguir usando comprobantes tipo B?

Si eres gran contribuyente local o mediano, solo hasta el 31 de octubre de 2026. Después, únicamente en casos de contingencia declarada. Los pequeños, micro y no clasificados deben completar la implementación antes del 15 de noviembre de 2026.

¿El facturador gratuito de la DGII sirve para mi negocio?

Si emites pocas facturas, en pesos, y no necesitas conectarlas con otro sistema, puede ser suficiente. Está pensado para un volumen de hasta unas 150 facturas al mes. Si vendes en dólares o quieres automatizar, necesitas un proveedor o un sistema propio.

¿Necesito un certificado digital?

Sí. Todo emisor electrónico lo necesita, incluso quien usa el facturador gratuito, porque cada e-CF se firma con él.